Veda política y la web 2.0 ¿una posible lección de civismo y autocontrol?
Hace algunos días @rabino me hacía esta pregunta, y éste post de @manuchis así como este twitt de Pablo Bullrich me decidieron a escribir este “mini-post” sobre la veda electoral y la web.
La norma que contiene todas las definiciones al respecto es el: Código Nacional Electoral (CEN), modificado recientemente en lo que nos importa, en el año 2002, en este link podran ver el código completo.
Yendo al grano, él en su art. 71 inc.f)
“Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.”
Ok, lo que nos importa son los “actos públicos de proselitismo” para saber si “tenemos que bajar esa campaña de adsense” o no, y la verdad es que de la lectura de esta norma no queda claro, ya que ¿es la actividad de internet un acto público o no?
Pero para ahorrar en discuciones aparece -por lo menos para el ámbito de la ciudad de Buenos Aires una ley, la 268 que nos define qué es es una campaña electoral, sacándonos de la discusiópn anterior, en realidad, dejándola sin sentido. A saber:
Artículo 1º - Se entiende por campaña electoral toda propaganda que realicen los partidos, confederaciones, alianzas, candidatos/as a cargos electivos locales y quienes los/las apoyen a efectos de la captación de sufragios.
Y sí, por lo menos en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, -a mi entender- queda claro que las actividades proselitistas en la web, quedan vedadas.
Pero si tu pregunta es: ¿puedo twitear sobre la elección?
Desde ya que sí! Lo que persigue esta norma no es coartar injustificadamente tus derechos, si no protegerlos, que tengas aunque sea 48hs de recogimiento para poder terminar de decidir tu voto sin ninguna presión propagandística y que el acto eleccionario sea dentro de las realidades que nos tocan vivir, afrontado con la mayor libertad de conciencia posible.
Y si tu pregunta es si deberias bajar esa campaña on-line fuera de la ciudad de Buenos Aires, que tenes pautada, mi respuesta es:
Deberías bajarla inmediatamente en el comienzo de la veda, pero mas que por un tema legal, por una obligación ético-moral, ya que descuento que en una discusión jurídica no podríamos llegar muy lejos, pero por algún lado deberíamos a empezar a hacer las cosas bien, y por que no, podríamos dar el ejemplo desde la web 2.0 ¿No?










